Insfrán y gobernadores de estados petroleros se reunieron con De Vido

El gobernador Gildo Insfrán participó de la reunión de los mandatarios que forman parte de la Organización Federal de Estados productores de Hidrocarburos (OFEPHI) con el ministro de Planificación Federal de la Nación, arquitecto Julio De Vido.

El mandatario fue acompañado por el ministro de Economía, doctor Jorge Oscar Ibáñez, señalándose que el objetivo de la reunión es el de avanzar en la puesta en marcha activa de las provincias en el seno de YPF y todo el nuevo escenario que se abre en la relación de la Nación con ellas en el marco hidrocarburífero.
En la reunión se abordó lo relacionado con la integración federal de YPF y los alcances del decreto 1.247 que regula los alcances de la ley de soberanía hidrocarburífera.
Uno de los puntos bajo análisis es el que determina el nivel de participación de las provincias en las definiciones de las concesiones de las áreas que se encuentran dentro de sus jurisdicciones. El decreto de reglamentación contempla la creación de una Comisión de Planificación y Coordinación Estratégica del Plan Nacional de Inversiones Hidrocarburíferas, entre otros aspectos.
A fines de julio pasado, el gobierno nacional aprobó la reglamentación de la Ley 26.741 de Soberanía Hidrocarburífera, que estableció el Reglamento del Régimen de Soberanía Hidrocarburífera de la República Argentina.
La ley 26.741 tiene como objetivo prioritario el logro del autoabastecimiento de hidrocarburos, así como su exploración, explotación, industrialización, transporte y comercialización. También establece como política hidrocarburífera la promoción del empleo de los hidrocarburos y sus derivados, como factor de desarrollo e incremento de la competitividad de los diversos sectores económicos y de las provincias y regiones.
El nuevo Régimen propicia la conversión de los recursos hidrocarburíferos en reservas comprobadas, y su explotación y la restitución de reservas.
También impulsa “la integración del capital público y privado, nacional e internacional, en alianzas estratégicas para explorar y explotar hidrocarburos convencionales y no convencionales, y maximizar las inversiones y recursos empleados para lograr el autoabastecimiento de hidrocarburos en el corto, mediano y largo plazo”.
El Reglamento del Régimen de Soberanía Hidrocarburífera consta de siete Capítulos, estando destinado el primero al “Plan nacional de Inversiones Hidrocarburíferas”, y el II al “Registro Nacional de Inversiones Hidrocarburíferas”.
El capítulo III trata “Del Autoabastecimiento y la Recuperación de Reservas Hidrocarburíferas”; y el IV “De la Regulación y Promoción de la Refinación de los Hidrocarburos”.
Por su parte el capítulo V trata “De la Regulación y Promoción de la Comercialización y Transporte de Hidrocarburos y Combustibles”, el VI de “Sanciones”, y por último, el VII define la “Disposición Complementaria”.

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